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04/03/2008 M. V. V.
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Un juez de Huesca da la razón a los padres que objetaron Educación para la Ciudadanía
El auto judicial dictamina que “la inasistencia de los alumnos a las clases de la asignatura no provocan ningún daño a terceros”
El juez de Huesca Antonio Martín González ha dado la razón a unos padres objetores de Educación para la Ciudadanía (EpC) al disponer como medida cautelar “dejar en suspenso la obligatoriedad de cursar la asignatura” a los hijos Esteban Luzón y Francisca Querol, que habían presentado una demanda por vulneración de derechos fundamentales.
El magistrado, sustituto del Juzgado Contencioso-Administrativo único de Huesca, argumenta que “la inasistencia de los alumnos a las clases presenciales de la asignatura ‘Educación para la Ciudadanía’ no provoca ningún daño a terceros”.
Además, el juez Martín justifica su decisión en base a que los contenidos de EpC pueden afectar “al modo en que los progenitores tienen derecho a educar a sus hijos, según señala el art. 27.3 de la Constitución española”.
“En contra de las convicciones”
El auto del magistrado avala así el recurso presentado por los padres “frente a la resolución del Viceconsejero de Educación de fecha 03/04/08 que acordaba no haber lugar a la objeción de conciencia planteada frente a la asignatura EpC obligando a sus hijos a cursarla, en contra de las convicciones de sus progenitores”.
Ahora, los niños “pueden mantener esas horas lectivas en otras materias curriculares como o incluso pueden dedicarlas al estudio en las instalaciones del propio centro escolar (Aulas y Biblioteca)”, dice la resolución del juez.
El juez insiste en que “no se altera significativamente el buen funcionamiento del centro escolar, pues situaciones similares se han venido atendiendo con normalidad durante los últimos años”.
Antonio Martín alude también en su auto a la “habitual y frecuente preparación de un menú escolar diferente para los alumnos musulmanes, algo que no ocurre respecto a los alumnos necesitados de una dieta especial como celiacos, hipertensos, con trastornos alimenticios, alérgicos, etc, lo que evidencia que las administraciones educativas parecen primar los motivos religiosos sobre las causas de salud”.
El magistrado añade que “dado que la sensibilidad hacia cuestiones religiosas parece tratarse con especial atención cuando la religión no es la católica, deben atenderse con el mismo celo las mismas cuestiones cuando éstas las plantea el pensamiento católico”.
Valores compartidos
Por todo ello, el juez afirma que la no concesión de las medidas cautelares pedidas por los padres, “provocaría que los hijos menores recibieran una enseñanza o adoctrinamiento en unos valores que no son los compartidos por sus progenitores, que es lo que éstos tratan precisamente de evitar”.
De no haberse producido este auto, con la enseñanza de EpC para estos niños, “los daños así causados no tienen posible reparación, ni moral ni económica”, concluye el auto. |
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26/05/2008 |
| Mons. J. Ignacio Munilla |
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Objeciones a Educación para la Ciudadanía: Todo por los hijos (Forum libertas)
EpC es una imposición ilegítima por parte del Estado para formar la conciencia de los alumnos sin el consentimiento de los padres
Los obispos de Castilla y León hemos hecho pública, la semana pasada, una Nota sobre la asignatura Educación para la Ciudadanía, con motivo de que el próximo curso comenzará a impartirse entre nosotros: La EpC es una imposición ilegítima, por parte del Estado, de una determinada formación de la conciencia de los alumnos, sin el consentimiento de sus padres.
A pesar de que algunos pretendan transmitir la imagen de que la Iglesia en España no asume la legitimidad del Estado aconfesional, la verdad es que las circunstancias actuales nos han llevado a convertirnos en portavoces y defensores de muchos derechos constitucionales de los ciudadanos, que son negados por la vía de los hechos consumados, por la estrategia de una ideología laicista totalitaria.
Por mucho que moleste, nos sentimos en el deber moral de seguir recordando el artículo 27.3 de la Constitución Española: “Los poderes políticos garantizan el derecho de los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones morales”.
Afortunadamente, cada vez son más los que entienden que la Iglesia no está defendiendo ningún interés particular, y ya existen muchas iniciativas ciudadanas de resistencia activa ante esta intromisión injusta. Las mismas sentencias del Tribunal Superior de Andalucía contrarias a la asignatura –y se han dado más pronunciamientos judiciales en la misma dirección- son la mejor prueba de que la Iglesia no estaba hablando de “fantasmas”.
Derecho a la objeción de conciencia
En la citada Nota episcopal declarábamos que “los padres tienen derecho a poner objeción de conciencia a la enseñanza de la asignatura EpC, así como a la denuncia personal de esta Ley”. Es sabido que los centros de enseñanza privados no tienen opción a la objeción de conciencia, sino que el titular de este derecho es el ciudadano (los padres, en este caso).
En el momento en que escribo estas líneas, unos treinta mil padres españoles han tomado esta opción. Su objeción no va dirigida al centro de enseñanza, ni al profesor, ni al libro… sino al atropello de un Estado que pretende erigirse en educador moral de los hijos.
Estoy seguro de que Dios bendecirá a estos padres que han decidido declararse en “santa rebeldía” por el bien de sus hijos. No quieren engañarse una vez más, optando por el “mal menor”, porque han entendido ya que cuando el mal menor pasa a ser la opción ordinaria, termina por convertirse en una inexorable cuesta abajo hacia el “mal mayor”.
Su resistencia activa está escribiendo una de las páginas más bellas de la historia de la lucha por el bien los hijos, así como de la defensa del principio de subsidiariedad frente a la tiranía de los estados. Y cuando llegue el día de la victoria -¡que llegará!-, quienes nos hayamos quedado en segunda fila, tal vez hayamos de sentir admiración y agradecimiento; y quizás un poco de rubor y vergüenza…
Castilla y León: tropiezan en la misma piedra
Mención aparte merece la postura de la Consejería de Educación de Castilla y León, que se está negando a tramitar las objeciones presentadas por los padres, aduciendo que en el desarrollo del currículo, ya han quitado los contenidos que presumiblemente pudieran resultar contrarios a la conciencia de los padres.
¡Vuelven a tropezar en la misma piedra que el Gobierno central! ¿Quiénes son ellos para discernir los contenidos morales que los padres han de estimar como aceptables o rechazables?
El Gobierno de Castilla y León critica la EpC de Zapatero; pero, como contrapartida, impone una EpC autonómica. Su postura no sólo es irrespetuosa con el derecho a la objeción de conciencia de los padres, sino que cae en el mismo desacierto que afirma rechazar.
Por lo demás, ¿acaso pueden garantizar que les vaya a ser aceptado ese recorte curricular de la EpC, cuando ya ha sido recurrido judicialmente por el Gobierno central? ¿Y si el próximo gobierno autonómico cambiase de signo político?
Religión: más palitos en las ruedas
Mientras tanto, en lo que a la clase de religión se refiere, estamos padeciendo las consecuencias de la presión ejercida por algunos grupos radicales, que han conseguido que la Consejería de Educación autonómica permita que la asignatura de religión sea eliminada del impreso de matriculación.
En efecto, en un número grande de centros escolares públicos de Castilla y León, los padres están teniendo que rellenar un impreso “aparte” para que sus hijos cursen la religión, ya que la asignatura de religión ha “desaparecido” de la matrícula escolar.
Mientras tanto, los profesores de religión y sus alumnos están demostrando una altura moral muy grande, además de una paciencia encomiable, al continuar su recorrido en fidelidad, a pesar de que en no pocos centros, la alternativa “real” a la clase de religión no es la prescrita por la ley (“Atención educativa” e “Historia de las religiones”), sino simplemente, “chatear por el messenger” o “jugar en el patio”.
Es cierto que la política de los “palitos en las ruedas” desgasta la resistencia de algunos niños y familias… Pero también es cierto que fortalece la convicción y la determinación de otros muchos seguidores de Jesucristo. |
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EpC.- El presidente del Foro Español de la Familia asegura que a más información sobre la asignatura, más objeciones
TERUEL, 15 May. (EUROPA PRESS) -
El presidente del Foro Español de la Familia, Benigno Blanco, afirmó hoy en Teruel que el número de objeciones de conciencia que se están presentado a la asignatura Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos (EpC) "va en proporción a la información a los padres", de forma cuanta más información reciben, mayores son las cifras de las objeciones.
Por eso, agregó, "son tan importantes actos como estos para que los padres tengan información". Blanco se pronunció así en rueda de prensa, antes de ofrecer una charla sobre la asignatura de Educación para la Ciudadanía (EpC) en Teruel.
El presidente del Foro Español de la Familia manifestó que esta asignatura es "un ataque a la libertad" porque "tiene como objeto expreso formar la conciencia moral de todos los escolares españoles en los criterios y contenidos que establece el Gobierno".
Esta asignatura "genera un conflicto de libertades", opinó Blanco, ya que si bien hasta ahora la libertad estaba garantizada por la Constitución, "la nueva asignatura supone una intervención del Gobierno que consideramos ilegítima y que no tiene precedente en ningún país de la Europa libre".
Para luchar contra esa "intromisión", el Foro Español de la Familia propone la objeción de conciencia y "se nieguen a que sus hijos cursen la asignatura".
Un derecho que cada día ejercen más familias en España, según Blanco, quien apuntó que unas 30.000 familias han comunicado al Foro que han objetado. En Aragón son unas 500 y en el caso de Teruel, alrededor de 80 familias.
Benigno Blanco afirmó que estas cifras son significativas y las comparó con otro movimiento de objeción de conciencia que se dio en España, en los años 80, y contra el servicio militar. Entonces, dijo fueron 70.000 objeciones en diez años, ahora 30.000 en un año.
Por eso, manifestó, "el Gobierno debería haber rectificado" ya que "en una democracia normal debería ser un dato para que un gobierno se plantee que ha hecho algo mal, máxime si hay sentencias que dan la razón a los padres". En España, afirmó Blanco, "parece que el Gobierno necesitará un número más alto".
A juicio del Foro, sólo hay tres posibilidades para subsanar esta situación, que se suprima la asignatura, que se convierta en una asignatura optativa, o que se cambie su finalidad y contenidos.
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Ciudadanía se enfrenta al Supremo tras el golpe de gracia en Andalucía |
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Los detractores de la asignatura ven escaso margen para rebatir la sentencia del TSJA
Los dos jueces que no vieron visos de ilegalidad en la asignatura sí reconocen el derecho de los padres a objetar.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que anula parte de los contenidos de Educación para la Ciudadanía en esta comunidad autónoma, ha extendido la sospecha de inconstitucionalidad sobre los reales decretos del Gobierno que sostienen estas enseñanzas en el conjunto de España.
El último dictamen del Alto Tribunal andaluz sobre el recurso presentado por cinco padres sevillanos destaca que la materia supone una «invasión ilícita» en la ética, el derecho y la moral, y eleva al Supremo -a quien compete- la decisión de hacer lo mismo con los reales decretos de ámbito nacional que dan forma al temario. «El TSJA ha reforzado la idea de que la asignatura procede de unas normas viciadas», explica José Luis Bazán, asesor jurídico de Profesionales por la Ética.
La pelota está ahora en el tejado del Tribunal Supremo. Pero como asegura Benigno Blanco, presidente del Foro Español de la Familia, «el margen de maniobra que tiene para desmontar la sólida argumentación del TSJA es pequeño. El derecho no es una ciencia exacta, pero si es coherente debería darnos la razón».
«En términos jurídicos, es difícil que el Supremo se aparte de lo razonado en la amplia y exhaustiva sentencia del TSJA», prosigue Bazán. No obstante, reconoce que siempre cabe la posibilidad de que se hiciera «un uso perverso del derecho» y se «pusieran argumentos jurídicos débiles al servicio de una ideología».
En el peor de los casos
Pero incluso en ese último escenario menos favorable, siempre quedaría la objeción de conciencia. Una deducción que también hacen en la última sentencia andaluza los dos magistrados -de un total de cinco- que emitieron votos particulares al no ver visos de inconstitucionalidad en el contenido: «No hay razones para declarar ilegal Educación para la Ciudadanía porque los padres ya tienen mecanismos de defensa -la objeción-». «Está claro que los que piensan que no es ilegal, apoyan la objeción», celebra Bazán.
A la vista de los últimos acontecimientos, los principales defensores del movimiento objetor consideran que ha llegado el momento de que el Gobierno «rectifique» y rediseñe Ciudadanía «para que sea homologable con la que se estudia en otros países europeos», comenta Blanco.
Una reestructuración que los «pro objeción» aplaudirían porque nunca está de más la educación -ideológicamente neutral- en valores cívicos, pero «lo que no se puede hacer es intentar imponer una asignatura en un Estado de derecho», razona el presidente del Foro Español de la Familia.
Lo que tanto Bazán como Blanco dejan claro es que el camino de la inconstitucionalidad de los contenidos de la Educación para la Ciudadanía es una batalla distinta a la de la objeción de conciencia, que es el «objetivo formal» de su movilización social. «Otra cosa es que la asignatura no sea legal y acabe por desaparecer por la lógica del sistema», comentan.
Asumir el error
Por su parte, el secretario general del Partido Popular andaluz, Antonio Sanz, reclamó ayer al PSOE «que respete la justicia y no recurra la decisión» del TSJA, así como que retire el decreto que establece «la imposición» de Educación para la Ciudadanía, «ya que ha quedado al descubierto sus contenidos ideológicos por encima de los pedagógicos», según informa Ep. Sanz recomendó a los socialistas andaluces «que asuman su error». «Más vale rectificar que recibir nuevos varapalos», dijo durante una rueda de prensa celebrada en Cádiz. |
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EpC.- El Foro Español de la Familia celebra que el TSJA reconozca "por primera vez" la objeción de conciencia
MADRID, 4 Mar. (EUROPA PRESS) -
El presidente del Foro Español de la Familia (FEF), Benigno Blanco, aseguró que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dada a conocer hoy es "la primera en España que reconoce la objeción de conciencia" a la asignatura de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos (EpC) y "el derecho de los niños a no recibirla".
Blanco aseguró en declaraciones a Europa Press que la objeción a la asignatura supone "un ejercicio del derecho constitucional", afirmó que "muchos padres se animarán ahora a presentar la objeción" y señaló que existen "más recursos abiertos en Aragón, Cataluña, Extremadura, Castilla La Mancha, Asturias y Cantabria".
El presidente del Foro Español de la Familia dijo que "se podrá acudir a esta sentencia para la presentación de recursos que defienden la objeción de conciencia". Según dijo, "esto demuestra que cuando los ciudadanos ejercen sus derechos en una sociedad libre, los gobiernos no pueden limitar sus libertades". "Confío en que los demás Tribunales Superiores de Justicia de las CC.AA. digan lo mismo que el de Andalucía", afirmó, y cifró en 24.000 el número de objeciones "contabilizadas" por el FEF, aunque aseguró que "es posible que haya más".
Blanco manifestó su "satisfacción" por lo que calificó de "victoria de las familias ante los tribunales", que "ratifican el derecho de los padres de familia a educar a sus hijos en libertad conforme a sus convicciones morales".
El Foro Español de la Familia aconsejó a "todos los padres de familia españoles con hijos en edad escolar" que presenten la objeción de conciencia frente a EpC "para garantizar que sus hijos sean educados en materias de hondo calado moral y personal conforme a los criterios que los padres consideran más idóneos", y "no conforme a los criterios ideológicos de un gobernante o profesor cualquiera".
Nueva presentación de objeciones en Zaragoza
La Plataforma de padres objetores de Aragón ¿Educación para la Ciudadanía en Aragón? Va a ser que no! y el Foro aragonés de la Familia entregaron ayer 50 objeciones de conciencia a la asignatura Educación para la Ciudadanía, en la dirección provincial de Educación de Zaragoza. Según los representantes de este movimiento ciudadano son ya 600 las objeciones presentadas, aunque este extremo no ha sido confirmado desde el Gobierno de Aragón.
"Reivindicamos el derecho a que nuestros hijos no tengan que cursar una asignatura que va en contra de nuestros principios. Creemos que el Estado no debe intervenir en la educación moral de nuestros hijos", dijo José Vicente Membrado, uno de los integrantes de esta Plataforma.
Los padres que integran este movimiento, la mayoría de centros concertados, anuncian además que continuarán con sus reivindicaciones. "Hay dos de las objeciones que han llegado ya al juzgado de los Contencioso Administrativo. Llegaremos a donde haga falta para hacernos oír", explicó Membrado, quien no descartó llegar incluso a los tribunales europeos. "Una asignatura así no existe en ningún país de Europa", se quejó.
Apuntó además, que esta asignatura no admite comparación con la de Religión, pues esta "es de carácter voluntario y desde este curso no tiene ni nota", destacó. "No es justo que se obligue a estudiar moral por parte de un Estado". (www.el periodicodearagon)
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La mujer que tumbó Ciudadanía
MERCEDES EENÍTEZ. SEVILLA
Manuel Flores es albañil. Dolores Cano, ama de casa. ¿Cómo iba a hacer otra cosa con seis hijos? No en vano los tienen de todas las edades: 15, 14, 13, 9 , 8 y 5 años. Y viven en una humilde casa de Bollullos del Condado, lejos de la ciudad. Él no lleva corbata ni ella va todas las semanas a la peluquería. Ni sus hijos van a colegios privados. Pero, pese a que estudian en un colegio público o en el instituto, están bien informados. Bajo esa apariencia sencilla se esconde una familia con mucho arrojo. Unos padres «preocupados por la educación de sus hijos» hasta el punto de ser capaces de llevar a los tribunales su negativa a que su hijo estudie EpC. Y a los que «ni les importa ni les asusta» lo que piensen los políticos.
Dolores es muy clara y muy sencilla. «De palabras técnicas no entiendo, eso que lo diga el abogado». Pero se explica como un libro abierto: en su decisión influyó el comunicado de los obispos (son profundamente católicos). Por eso en junio decidieron objetar y que José Joaquín, el de 14 años, no fuera a clase. «Mi hijo no ha estado en ninguna clase de EpC. Se queda en la biblioteca durante esa hora, se pone a estudiar o a leer», dice asegurando que desde el primer momento se puso a indagar en los contenidos. «Tratándose de la educación de mis hijos, todo nos interesaba», recalca. Y empezó a moverse, a recopilar información hasta que dio con el Foro de la Familia. Cuando se le pregunta qué es lo que no le gusta de EpC lo tiene claro: «No nos gusta el conjunto de la asignatura. El tema afectivo, sexual y todo ese tipo de cosas no nos gusta». Y entonces tercia el marido, que se había mantenido callado: «No veo bien que a nuestros hijos los tenga que educar el Gobierno».
Por eso, cuando la Junta de Andalucía les negó la posibilidad de la objeción y vieron las notas de su hijo (en diciembre le suspendieron) empezaron a «mover papeles» y optaron por seguir adelante en los tribunales con la ayuda del letrado Abel Martínez. Desde entonces, no han hecho más que recibir buenas noticias: primero vino un auto provisional. Ahora la sentencia.
«El primer día le advertí al director que mi hijo no entraría en clase y que, si hacía falta me quedaría con él esa hora; entonces me dijo que lo iban a “catear”», asegura mostrándose contenta con el fallo y esperanzada en que sea «una puerta abierta para otras familias». De hecho, está recibiendo muchas llamadas de otros padres y de otras ciudades. Y anima a todos a que «no pierdan la esperanza y luchen».
Cuando se les pregunta cómo una familia humilde es capaz de meterse en este «embolao» y luchar contra la administración, es tajante: « Lo más importante es la educación de nuestros hijos. Yo lo único que he hecho es hacer valer los derechos que me amparan basándome en la Constitución». Y dice que la Junta sólo se ha comunicado con ellos por carta, pero nadie les ha llamado. Pese a que quizás, «deberían hacerlo». «¿Qué han criticado de la sentencia? Lo que piensen los políticos me da igual. Lo que me preocupa es la educación de mis hijos, por eso también he objetado para los otros cinco». Y José Joaquín está presente en la conversación. Pero el niño, rubio y con cara de travieso, no dice nada. Mira y sonríe y afirma que está enterado de todo. Como sus padres.
Las sospechas de Chaves
Las palabras de Manuel y Dolores chocan con la reacción del el presidente de la Junta de Andalucía y candidatos del PSOE a la reelección, Manuel Chaves, que se ha mostrado molesto con la sentencia.
Tras anunciar que será recurrida ante el Supremo, reprochó a los jueces su falta de «sensibilidad» al dictar sentencia avalando la objeción de conciencia «casualmente», al día siguiente del debate entre Rajoy y Zapatero. Y pese a recalcar que entiende que los jueces dicten las sentencias cuando deban hacerlo, añadió que «alguien podría sospechar, yo no lo sospecho, que puede haber alguna interferencia en la campaña».( www.abc.es) 
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Chaves arremete contra los jueces y recurre la sentencia sobre Ciudadanía |
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La inspección educativa asturiana amenaza con reforzar la vigilancia para que los alumnos vayan a clase
El presidente andaluz tacha el fallo de «conservador» y la Fiscalía lo recurrirá ante el Tribunal Supremo.
S. Talaya / R. Serrano
ALMERÍA / MADRID- La sentencia que reconoce el derecho de una familia de Huelva a objetar contra Educación para la Ciudadanía, conocida a cinco días de las elecciones generales y al Parlamento de Andalucía, ha desatado un terremoto político. La reacción de los gobiernos central y autonómico ha sido contundente: desacreditar la sentencia, por un lado, y «blindar» la asignatura, por otro: agotarán todas las vías para recurrir el fallo y endurecerán la persecución a los objetores en las autonomías donde los tribunales no los han amparado.
El presidente de la Junta andaluza, Manuel Chaves, difícilmente pudo ocultar ayer en Almería su contrariedad tras conocerse el fallo de este Tribunal Superior de Justicia que reconoce el derecho a la objeción de conciencia a un estudiante de Secundaria de Bollullos Par del Condado. El niño, de momento, no tendrá obligación de cursar la asignatura Educación para la Ciudadanía.
«Interferencia judicial»
Tras conocer la decisión, el presidente de la Junta arremetió contra los jueces: «Se podría haber tenido un poco más de sensibilidad y evitar que esta sentencia salga en plena campaña electoral porque, aunque yo no lo sospecho, sí hay quien pueda creer que existe una interferencia judicial sobre un asunto que esta misma semana han debatido Rajoy y Rodríguez Zapatero», aseguró.
Chaves fue más allá y, no obstante, midiendo mucho la literalidad de sus palabras, sugirió que «de todas las asociaciones conservadoras me ha sorprendido que dicen que hay una vinculación con el Foro Español por la Familia, que dice que asumen sus planteamientos en relación con la asignatura».
En todo caso, señaló que sólo un 0,4 por ciento de los alumnos han planteado recurso reivindicando su derecho a la objeción, «por lo que tampoco deberíamos darle tanta importancia ni preocuparnos tanto». El presidente andaluz confirmó que la Junta recurrirá ante el Tribunal Supremo al no estar de acuerdo con una sentencia que además sería distinta de otras dictadas por los altos tribunales de Cataluña o Asturias. «La respeto -concedió Chaves - pero no puedo entender que no se puedan enseñar en los colegios públicos los valores de la Constitución, de la sostenibilidad, de la paz, de la convivencia, o de la igualdad, que tanto nos ayudaría contra la violencia de género».
Pero no sólo el presidente andaluz arremetió contra la materia. Chaves hizo frente común con el Gobierno asturiano (en Asturias, una sentencia no reconoció que Ciudadanía vulnerara los derechos de los padres). El consejero de Educación y Ciencia del Principado, José Luis Iglesias Riopedre, anunció ayer que la inspección educativa vigilará si los alumnos asturianos que presentaron objeción de conciencia respecto a la asignatura están asistiendo realmente a clase o no asisten. Riopedre aseguró, en declaraciones a Ep, que «no se trata de perseguir a nadie, estoy esperando a ver el informe de la Inspección para ver si realmente van o no van a clase», dijo.
Al Supremo
Chaves también obtuvo el respaldo del Gobierno central. La ministra de Educación, Mercedes Cabrera, aseguró ayer que la sentencia andaluza «va en dirección contraria» a las dictadas en Asturias y Cataluña y reiteró que su departamento estudia vías para recurrirla. La Fiscalía andaluza también anunció ayer que recurrirá al Supremo. Fuentes de la Fiscalía explicaron a Efe que, en su recurso, alegará que el derecho constitucional a la objeción de conciencia sólo se puede admitir «en los supuestos reconocidos expresamente en la Constitución». Además, considera la Fiscalía que «el derecho prioritario para el menor es la Educación, no el derecho de sus padres a objetar».
Los defensores de la objeción, sin embargo, consideran la sentencia andaluza como el principio del fin de la asignatura más polémica. De su parte tienen al Partido Popular, que ya ha prometido que suprimirá la materia si gana las elecciones.
El líder del PP, Mariano Rajoy, aplaudió ayer la decisión judicial. «Es un triunfo de la libertad, de los padres, de las madres y de las familias españolas. Esa es la palabra: libertad», señaló.
Gran parte de la comunidad educativa también se felicitó por la sentencia. Padres, educadores y representantes del Defensor del Menor manifestaron ayer, en un acto organizado por la Confederación de Padres de Alumnos (Cofapa), su conformidad con la creación de un pacto por la educación, al margen de las ideologías, pero discreparon entorno a la «educación en valores» y la asignatura de Educación para la Ciudadanía. Por su parte, la Confederación Católica Nacional de Padres de Familia y de Alumnos (Concapa) aseguró que la sentencia «constituye un auténtico varapalo» al Gobierno.
Tribunales
Pero, pese a los posicionamientos a favor y en contra, será el Tribunal Supremo el que tenga la última palabra y el que unifique criterios entre las sentencias dispares.
José Luis Bazán, asesor jurídico de Profesionales por la Ética, explicó que «el Supremo tendrá que decidir, porque el PSOE va a recurrir en Andalucía y los objetores, en Cataluña y Asturias». La siguiente instancia sería el Constitucional y, después, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En este sentido, asegura Bazán, el fallo andaluz se anticipa, porque «es muy europeísta y se apoya en sentencias de dictadas por el Tribunal de Estrasburgo sobre casos similares en Noruega y Turquía».
Para Eugenio Nasarre, portavoz del PP en la Comisión de Euducación del Congreso, «hay una manifestación de la sentencia muy relevante: afirma que la salvaguarda de los derechos mediante la objeción no pone en peligro el ordenamiento jurídico democrático, como había alertado el Ministerio de Educación».
Otro dato jurídico que apoya la objeción a Ciudadanía es que casi todos los recursos presentados hasta el momento se han admitido a trámite por el procedimiento especial de protección a los derechos fundamentales. Incluso el caso asturiano fue admitido de este modo y el fallo ratifica que fue el correcto ( . www.larazon.es.)
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EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS AFIRMA DESCONOCER EL CONTENIDO DE EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA PERO NIEGA A LOS PADRES EL DERECHO A OBJETAR A LA ASIGNATURA
MADRID, 13 de febrero de 2008. Ayer se hizo pública la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) que deniega el derecho a objetar a Educación para la Ciudadanía de siete padres asturianos. A la vista de la sentencia, Profesionales por la Ética realiza la siguiente valoración:
1. La sentencia no resuelve las cuestiones planteadas por los padres (incompatibilidad del curriculum de Educación para la Ciudadanía de los decretos estatales y autonómicos con su libertad de conciencia) por lo que dicha decisión judicial vulnera el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva del Artículo 24.1 de la Constitución al estar viciado de incongruencia.
2. Las sentencias judiciales son un primer criterio jurídico pero no constituyen en absoluto el criterio definitivo sobre el derecho a la objeción. De hecho, cabe el recurso de casación ante el Tribunal Supremo y, posteriormente, recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
3. Hay que recordar que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha confirmado la legitimidad de la exención de cursar materias obligatorias por motivos éticos y religiosos, contrariando el criterio de tribunales nacionales.
4. Aunque la sentencia es desfavorable para los padres objetores, su argumentación es jurídicamente inconsistente y débil, concretamente en estos puntos:
- En el fundamento jurídico quinto de la sentencia, el TSJA afirma desconocer el contenido de las asignaturas a cuya enseñanza se oponen los padres porque, a su juicio, el mero enunciado de una determinada asignatura no afecta a derecho fundamental alguno.
Sin embargo, como cualquier jurista conoce, la obligatoriedad jurídica se formula lingüísticamente a través de enunciados que, en el caso de las leyes imperativas (en este caso de los decretos de Educación para la Ciudadanía) tienen carácter obligatorio. Los enunciados jurídicos imperativos si pueden vulnerar los derechos fundamentales; a título de ejemplo, una norma jurídica que autorizase la violencia contra la mujer vulneraría de manera flagarante el derecho fundamental de la mujer a su integridad física y moral.
- El TSJA afirma que la supuesta vulneración de derechos fundamentales solo puede afectar al acto concreto de las enseñanzas de las asignaturas que afecten a la libertad ideológica o religiosa.
Según este argumento, para oponerse a la norma (en este caso la imposición obligatoria de Educación para la Ciudadanía) hay que esperar que la norma se aplique. Es decir, el padre podrá defenderse legalmente de los efectos de la asignatura cuando el daño moral ya esté hecho y sea irreversible.
Para José Luis Bazán, coordinador jurídico de Profesionales por la Ética, la debilidad argumental de la sentencia la hace fácilmente recurrible ante el Tribunal Supremo.
Por su parte, Jaime Urcelay, presidente de Profesionales por la Ética, ha manifestado que la sentencia no altera lo más mínimo la intensidad del movimiento objetor frente a Educación para la Ciudadanía. "Llama la atención", ha afirmado, "que medios de comunicación gubernamentales y progubernamentales que hasta ahora han ignorado la misma existencia de objeciones a la polémica asignatura, hoy le concedan titulares e incluso portadas a la resolución judicial del TSJA".
Para Profesionales por la Ética, el crecimiento de las objeciones a Educación para la Ciudadanía es imparable. Solamente en el último mes se han presentado las siguientes objeciones: 300 en el colegio Orvalle (Las Rozas, Madrid), 30 en Lleida (las primeras en esta provincia), 461 en el colegio Ángel de La Guarda de Alicante (perteneciente a FERE, 200 en Jesús María-CEU (Alicante), 20 en Soria (las primeras de esta provincia), 20 en Barbastro (Huesca) y 104 en León. |
Nota de Prensa Foro español de la Familia
La sentencia da la razón a los padres recurrentes sobre el derecho de objeción de conciencia
Madrid, 13 de febrero de 2008.- La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) del 11 de febrero sobre Educación para la Ciudadanía y objeción de conciencia hace los siguientes pronunciamientos:
a) El Tribunal afirma expresamente, rechazando lo que habían planteado al respecto la Comunidad Autónoma y el Fiscal, y el Abogado del Estado, que el procedimiento seguido por los padres objetores (el de protección de los derechos fundamentales) es el adecuado para este tipo de cuestiones. Es decir, en esta cuestión la sentencia asturiana da la razón a los padres recurrentes.
b) El Tribunal en su sentencia afirma que existe y se puede ejercitar el derecho de objeción de conciencia para defender, por razones ideológicas o religiosas, la libertad de los padres a educar frente a asignaturas de contenido obligatorio y cita en su apoyo la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que ya ha afirmado lo mismo en diversas sentencias. Rechaza así el Tribunal la pretensión de el Letrado de la Comunidad Autónoma y el Abogado del Estado de que no existe un derecho constitucionalmente protegido a la objeción de conciencia. Por lo tanto, también en esta cuestión, el Tribunal da la razón a los padres recurrentes.
c) El Tribunal afirma que la previsión en la LOE de la existencia de una asignatura de Educación para la Ciudadanía no es inconstitucional y por esto rechaza el recurso de los padres. Esta es la parte más sorprendente de la sentencia puesto que en el recurso interpuesto no se planteaba para nada esta cuestión. El recurso de los padres ponía en cuestión, no la LOE, sino los decretos estatal y autonómico que fijan los contenidos de la asignatura pues son estos, y no la ley, quienes se entrometen en el ámbito de libertad de las familias. En esta cuestión por tanto, la sentencia ni quita ni da la razón a los padres objetores puesto que ellos no habían puesto en duda, ni planteado la constitucionalidad de la LOE.
d) El TSJA no se pronuncia para nada ni en los fundamentos de la sentencia, ni en el fallo sobre la cuestión jurídica planteada por los padres objetores en su recurso: la violación por los decretos reguladores de los contenidos de la asignatura del derecho de los padres a educar a sus hijos conforme a sus convicciones morales en ejercicio de los derechos constitucionalmente garantizados a la libertad ideológica, religiosa y de educación. En esta cuestión, que es la esencial del recurso, el Tribunal ni quita ni da la razón a los padres, pues sorprendentemente omite toda referencia y consideración sobre ella.
En resumen, la sentencia del TSJA da la razón a los padres objetores en las dos cuestiones planteadas por los recurrentes sobre las que se pronuncia (la procedencia del recurso interpuesto y la existencia del derecho de objeción de conciencia); se pronuncia sobre una cuestión no planteada por nadie (la constitucionalidad o no de la LOE); y omite todo pronunciamiento sobre si los decretos que fijan los contenidos de EpC se entrometen o no ilegítimamente en el ámbito de libertad de las familias constitucionalmente garantizado.
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